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Compraventa

2022-07-07

Descripción

Según el Art. 1849 del Código Civil, la ¨compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio."

Duración

2 días aprox.

Trámite con costo
consultar costo

Requisitos

  • Para trámite presencial, documento de identificación autorizado por la ley; o si la persona actúa como representante legal de entidad, documento de identificación autorizado por la ley, certificado de existencia y representación legal y acta de la junta o asamblea de socios que autoriza, si aplica. Si es persona menor de edad, registro civil, documento de identificación autorizado por la ley y debe actuar por intermedio de sus representantes legales.
  • Para trámite en línea, contar con el registro y enrolamiento respectivo.
  • Poder especial; o poder general con vigencia; o poder apostillado, si aplica.
  • Escritura o título anterior.
  • Certificado de tradición del inmueble.
  • Recibo de pago del predial del año en que se efectúa la compraventa.
  • Paz y salvo vigentes de impuesto predial; valorización y; administración, si está sometido a propiedad horizontal.
  • Si está sometido a propiedad horizontal, copia de la parte pertinente del reglamento de propiedad horizontal.

Pasos trámite en línea

Temporalmente fuera de servicio.
  1. Registrarse en la página web de la notaría.
  2. Dirigirse a la notaría y realizar la verificación de identidad biométrica o solicitar el servicio a domicilio. Vigencia 1 año.
  3. Ingresar a Notaría en Línea, iniciar sesión con el usuario y contraseña utilizado en el registro y seleccionar el trámite.
  4. Suministrar los documentos requeridos por la notaría.
  5. Aprobar por las partes contenido de la escritura pública de compraventa y firmar electrónicamente.
  6. Realizar pago.
  7. Firmar notario(a) escritura pública de compraventa.

Pasos trámite presencial

  1. Presentar documento de identificación autorizado por la ley; o si la persona actúa como representante legal de entidad, documento de identificación autorizado por la ley, certificado de existencia y representación legal y acta de la junta o asamblea de socios que autoriza, si aplica. Si es persona menor de edad, registro civil, documento de identificación autorizado por la ley y debe actuar por intermedio de sus representantes legales.
  2. Presentar documentos físicos requeridos.
  3. Realizar la verificación de identidad biométrica.
  4. Aprobar por las partes contenido de la escritura pública de compraventa y firmar.
  5. Realizar pago.
  6. Firmar notario(a) escritura pública de compraventa.